coberturas principales

Coberturas

Principal

  • Uso indebido de tarjeta asegurada a causa de hurto o de robo y/o asalto y/o secuestro en cajeros automáticos o ventanillas (*)

Adicionales

  • Uso indebido en cajeros automáticos o ventanillas de la tarjeta asegurada emitida por la entidad financiera a causa de extravío y/o pérdida.
  • Consumos indebidos de la tarjeta asegurada emitida por la entidad financiera.
  • Reembolso por fraude de la tarjeta asegurada emitida por la entidad financiera.
  • Uso indebido de la tarjeta de débito del asegurado, emitida por el contratante para compras y/o consumos vía internet.
  • Reembolso de gastos de duplicados y reposición de documentos por hurto o robo y/o asalto y/o secuestro.

(*)Incluye el robo de dinero en efectivo que haya sido retirado del cajero o ventanilla con la Tarjeta Asegurada. Considerar: 2 eventos al año, límite de 400 mts desde el ATM o Ventanilla. Ver detalle en la definición de la cobertura.


Tarifario

Descripción del Plan:

MONTO DE PRIMA COMERCIAL
PlanCuota de Prima MensualCuota de Prima SemestralCuota de Prima Anual
PLAN 1Prima comercial + IGV: S/ 2.90Prima comercial + IGV: S/ 17.40Prima comercial + IGV: S/ 34.80

COBERTURA

CoberturasSuma Asegurada
  • Uso indebido de la Tarjeta Asegurada emitida por la Entidad Financiera a causa de hurto, robo y/o asalto y/o secuestro en cajeros automáticos y ventanillas. (*)
  • Uso indebido de la Tarjeta Asegurada emitida por la Entidad Financiera a causa de extravío/pérdida en cajeros automáticos y ventanillas.
  • Reembolso por fraude de la Tarjeta Asegurada emitida por la Entidad Financiera.
Hasta S/ 2, 500, límite agregado anual.
  • Consumos indebidos de la Tarjeta Asegurada emitida por la Entidad Financiera
  • Uso indebido de la tarjeta de débito del asegurado, emitida por el Contratante para compras y/o consumos vía internet
Hasta S/ 2, 500, límite agregado anual.
  • Reembolso de gastos de duplicados y reposición de documentos por hurto o robo y/o asalto y/o secuestro
Hasta S/150, límite agregado anual

(*) También incluye el robo de dinero en efectivo que haya sido retirado del cajero o ventanilla con la Tarjeta Asegurada. Considerar: 2 eventos al año, límite de 400 mts desde el ATM o Ventanilla. Ver detalle en la definición de la cobertura.

SEGURO MINI PROTECCIÓN DE TARJETA

Condiciones

Tarjeta-habientes Interbank
Edad mínima de ingreso
  • 18 años
Edad máxima de ingreso
  • 80 años y 364 días
Edad de máxima de permanencia
  • 85 años y 364 días

SEGURO MINI PROTECCIÓN DE TARJETA

Exclusiones

Este seguro no cubre lo siguiente (aplica para todas las coberturas):

  • Actos delictivos o que constituyan la causa del siniestro en las que participen el asegurado y/o padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, tíos, sobrinos, bisabuelos, bisnietos, primos, tíos-abuelos, sobrinos-nietos, suegros, yernos o nueras, padrastros, hijastros, cónyuge o concubina y/o persona que habita la casa del asegurado, en calidad de autores o cómplices.
  • Cualquier pérdida y/o lesión que no esté relacionada a la cobertura de Robo y/o Hurto y/o Asalto y/o Secuestro.
  • Perjuicios derivados de actos fraudulentos cubiertos por la presente póliza, realizados por la Entidad Emisora de la Tarjeta de Crédito y/o Débito, sus empleados o dependientes.
  • La pérdida de cualquier otro instrumento negociable, incluyendo todo tipo de título valor o cualquier otro monto de dinero en la posesión del Asegurado en el momento de ocurrir el robo y/o asalto y/o secuestro.
  • Uso indebido de las tarjetas aseguradas en páginas web falsas o simuladas de la entidad financiera (Homebanking).
  • El consentimiento voluntario del Asegurado para el uso de las tarjetas Aseguradas por cualquier persona distinta a él.
  • Uso o consumo indebido de tarjetas corporativas, o de otro tipo, cuyo uso no está restringido al titular de tarjeta.

En caso de contratar la Cláusula Adicional de: Reembolsos de gastos de duplicados y reposición de documentos por hurto, robo y/o asalto y/o secuestro, no se cubrirá lo siguiente:

Los gastos de Reembolso por Trámites de Documentos que no resulten del Robo y/o Hurto y/o Secuestro y/o Pérdida en conjunto con las Tarjeta(s) de Crédito y/o Débito Asegurada(s) bajo la presente cláusula adicional.

Protección Financiera Oh!

Instancias para presentar denuncias y/o reclamos

PROCEDIMIENTO Y PLAZO PARA EFECTUAR RECLAMOS

Los requerimientos y/o reclamos serán recibidos, en cualquier momento, vía fax, correo, llamadas telefónicas o correo electrónico en cualquiera de nuestros Centros de Atención al Cliente. La respuesta de los mismos será comunicada al cliente por medio escrito, en un periodo no mayor de treinta (30) días desde la recepción de la solicitud.

El área de Atención al Cliente es la encargada de atender los reclamos.

Centros de Atención al Cliente
  • Lima
    • Av. Javier Prado Este 492, San Isidro
    • Central de Atención al Cliente (Lima): 500-0000
  • Página web: www.interseguro.pe

MECANISMOS PARA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

HABILITADAS PARA PRESENTAR RECLAMOS Y/O DENUNCIAS

1. Mecanismo de solución de controversias

1.1 Vía Judicial:

Toda controversia, disputa, reclamo, litigio, divergencia o discrepancia entre el Asegurado, Contratante o Beneficiario y La Compañía, referido a la validez del contrato de seguro del que da cuenta esta póliza, o que surja como consecuencia de la interpretación o aplicación de sus Condiciones Generales o Particulares, su cumplimiento o incumplimiento, o sobre cualquier indemnización u obligación referente a la misma.

2. Instancias habilitadas para presentar reclamos y/o denuncias, según corresponda

En caso de reclamo o disconformidad con los fundamentos del rechazo del siniestro, el Contratante, Asegurado o Beneficiario podrá acudir a las siguientes instancias:

2.1 Defensoría del Asegurado por montos menores a US$ 50,000.00, y que sean de competencia de la Defensoría del Asegurado, según detalla el reglamento de dicha entidad (web: www.defaseg.com.pe, Dirección: Calle Amador Merino Reyna N° 307, Piso 9, San Isidro, Lima – Perú; Telefax: 421-0614).

2.2 El Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI (Dirección: Calle La Prosa S/N San Borja, web: www.indecopi.gob.pe).

2.3 Plataforma de Atención al Usuario de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, llamando al teléfono gratuito N° 0-800-10840.

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Causales de Resolución del Contrato y Nulidad

La presente póliza quedará resuelta, respecto al Contratante perdiendo todo derecho emanado de la póliza, cuando se produzca cualquiera de las siguientes causales:

  • Solicitud de resolución sin expresión de causa por parte del Contratante o de La Compañía, dicha solicitud deberá efectuarse con una anticipación no menor a treinta (30) días calendario.
  • Por falta de pago de primas.
  • Cuando se presente fraudulentamente una solicitud de cobertura basada en documentos o declaraciones falsas. La Compañía comunicará la resolución al Contratante dentro de los treinta (30) días posteriores a haber tomado conocimiento del fraude.

En caso el Contratante optase por la resolución del Contrato, La Compañía tendrá derecho a la prima devengada por el tiempo transcurrido. Asimismo, se devolverá la prima correspondiente al periodo no devengado. La devolución de la prima se realizará en forma directa por La Compañía, en el caso del Contratante, o a través del Contratante, en el caso del Asegurado.

En los demás casos mencionados, La Compañía se limitará a la devolución de la prima no devengada deduciendo los gastos administrativos correspondientes, los mismos que serán debidamente sustentados. La devolución de la prima no devengada se realizará a través del Contratante.

Para los casos antes mencionados, La Compañía procederá con la devolución de la prima no devengada, teniendo como plazo para la devolución diez (10) días hábiles posteriores a la resolución.

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Nulidad del Contrato

La Solicitud-Certificado será nula por causal existente al momento de su celebración, es decir sin valor legal alguno en los siguientes casos:

  • Por declaración inexacta de la edad del Asegurado, si su verdadera edad, en el momento de entrada en vigencia del contrato, excede los límites establecidos en la póliza para asumir el riesgo. En este caso se procederá a la devolución de la prima pagada.
  • Si al tiempo de su celebración se había producido el siniestro o desaparecido la posibilidad de que se produzca. En este caso se procederá a la devolución de la prima pagada. La Compañía tiene derecho al reembolso de los gastos, los mismos que serán debidamente sustentados.
  • Cuando no exista interés asegurable al tiempo del perfeccionamiento del contrato o al inicio de sus efectos. En este caso se procederá a la devolución de la prima pagada. La Compañía tiene derecho al reembolso de los gastos, los mismos que serán debidamente sustentados.

Para todos los supuestos de nulidad, el Asegurado o sus Beneficiarios perderán todo derecho de solicitar indemnización o beneficio alguno relacionado bajo esta Póliza. La nulidad por reticencia y/o declaración inexacta deberá ser invocada en el plazo de 30 días desde que la compañía conoce de la reticencia y/o declaración inexacta. Si el Asegurado y/o Beneficiarios designados ya hubieran cobrado la indemnización de un siniestro, quedarán automáticamente obligados a devolver a La Compañía el capital percibido, más intereses legales, gastos y tributos a que hubiera lugar.

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Aviso de Siniestros y Solicitud de Cobertura Básica

Para todos los casos, el aviso del siniestro deberá ser comunicado a La Compañía o al Comercializador dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha en que se tenga conocimiento de la ocurrencia o del beneficio, salvo que en la cláusula adicional contratada se indique un plazo diferente.

El procedimiento para la solicitud de cobertura será el siguiente:

  • Bloquear la(s) tarjeta(s) sustraída(s), mediante la llamada a las centrales del Comercializador y obtener el (los) código(s) de bloqueo(s) correspondientes, dentro de un plazo no mayor de cuatro (4) horas de ocurrido el siniestro.
  • Presentar la denuncia a la policía en la delegación donde se dieron los hechos dentro de un plazo no mayor de cuatro (4) horas de ocurrido el siniestro o desde que se tome conocimiento del mismo. Para el caso de secuestro las (4) horas se contabilizan a partir de la hora de liberación

El Asegurado o la persona que está actuando en su representación deberá acercarse a las oficinas o agencias del Comercializador o en el Centro de Servicio de Atención al Cliente de la Compañía con:

  • Copia certificada de la denuncia policial.
  • Copia simple de la constancia de bloqueo que detalle la fecha y hora del bloqueo de la tarjeta.
  • Presentar copia simple del estado de cuenta o consulta de movimiento y/o registro de movimientos emitido por la entidad bancaria que acrediten el lugar y los consumos y/o retiros indebidos de los cajeros automáticos.
  • Declaración Jurada de no haber contratado o solicitado cobertura de alguna Póliza que cuente con coberturas de la misma naturaleza o de haber recibido indemnización con otras compañías de seguros. En caso de haber presentado solicitud de cobertura a otra Compañía de Seguros por el mismo siniestro reportado a La Compañía, deberá presentar copia simple de dicha solicitud.

Cuando la Compañía lo estime conveniente realizará una entrevista personal con el asegurado, con el fin de obtener las aclaraciones y/o precisiones necesarias acerca del siniestro ocurrido. El aviso del siniestro y la entrega de los documentos obligatorios requeridos para solicitar la cobertura del siniestro deberán presentarse en los Centros de Servicio de Atención al Cliente de La Compañía o en las oficinas del Comercializador.

La Compañía deberá pagar el siniestro o rechazarlo en un plazo máximo de veinte (20) días calendario, contados desde la entrega de la documentación obligatoria completa a La Compañía o al Comercializador.

En la presente póliza, entiéndase que la “copia legalizada” hace referencia a la certificación de reproducción notarial, de conformidad con el Artículo N° 110 del Decreto Legislativo N° 1049.

Las acciones fundadas en el contrato de seguro prescriben en el plazo de 10 años desde que ocurrió el siniestro.

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Instancias para presentar denuncias y/o Reclamos

Los requerimientos y/o reclamos serán recibidos, vía llamada telefónica, correo electrónico, página web o en cualquiera de nuestros Centros de Atención al Cliente. La respuesta de los mismos será comunicada al cliente en un periodo no mayor de quince (15) días calendario desde la recepción de la solicitud, mediante el medio pactado por el usuario.

Centros de Atención al Cliente

Lima

Av. Javier Prado Este 492, San Isidro.
Horario de Atención:
Lunes a Viernes de 9:00 a.m. a 6:00 p.m.
Sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.
Teléfono: 5000000

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Preguntas Frecuentes

¿Quiénes pueden ser asegurados?

Podrán asegurarse bajo la Póliza, las personas naturales titulares de tarjetas emitidas por Interbank, cuya edad al momento de contratar el seguro no sea inferior a 18 años ni superior a los 85 años de edad.

¿Dónde puedo adquirir el Seguro MINI PROTECCIÓN DE TARJETA?

Puedes adquirir este seguro a través de:
Red de Tiendas Interbank
Banca Telefónica 311-9000
Módulos y Fuerza de Venta Tarjeta de Crédito Interbank

¿Cómo se realizará el pago de la prima y cuáles serán las consecuencias del incumplimiento?

La prima será pagada por el Contratante según el monto, frecuencia, lugar y forma de pago indicados en el presente documento.

El monto de la prima, y su forma de pago podrán ser modificadas de mutuo acuerdo entre La Compañía y el Contratante, de lo que se informará previamente por escrito al Contratante con cuarenta y cinco (45) días de anticipación al vencimiento. Para ello, La Compañía deberá proporcionar la documentación suficiente al Contratante y este deberá poner en conocimiento de los Asegurados las modificaciones que se hayan incorporado.

Si la prima no es pagada dentro del plazo indicado en la Solicitud - Certificado, se otorgará un periodo de gracia de noventa (90) días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de vencimiento. Si transcurrido dicho periodo de gracia se incumple con el pago, el contrato quedará resuelto de pleno derecho, sin necesidad de comunicación escrita. Durante el periodo de gracia la cobertura de la póliza permanecerá vigente.

En caso de que el contrato quede resuelto por falta de pago, La Compañía queda facultada a realizar la cobranza de las primas impagas correspondientes al periodo efectivamente cubierto.

¿Qué documentos debo presentar para solicitar la resolución sin expresión de causa de mi seguro?

Podrás solicitar la resolución sin expresión de causa de tu afiliación al contrato, para lo cual deberás notificar dicha decisión por escrito con una anticipación no menor a treinta (30) días calendario, adjuntando la siguiente documentación:

Carta dirigida al Contratante o a la Compañía Aseguradora en la que se manifieste expresamente su deseo de terminar anticipadamente su afiliación al contrato.

Original y copia del Documento Nacional de Identidad.

Dicho trámite es estrictamente personal, en los centros de Servicio de Atención al Cliente, en los que figuran detallados en la web de la Compañía (www.interseguro.com.pe), o en el domicilio del Contratante, según sea el caso. Si tuvieses algún impedimento para realizar personalmente el trámite antes indicado deberás otorgar un poder notarial para que un tercero lo realice en su nombre.

La Compañía procederá a realizar los cargos y/o cobranza de primas correspondientes hasta la fecha de presentación de toda la documentación antes indicada. El contrato terminará una vez transcurridos treinta (30) días de la recepción de la solicitud de terminación anticipada, extinguiéndose a dicha fecha todos los derechos y obligaciones de la póliza.

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Procedimiento para ejercer el Derecho de Arrepentimiento

Dentro de un plazo no mayor de quince (15) días contados desde que el Asegurado recibe la Solicitud-Certificado, éste podrá resolver el vínculo contractual, sin expresión de causa ni penalidad alguna, siempre que no sea condición para contratar operaciones crediticias y en tanto no se haya utilizado ninguna de las coberturas y/o beneficios otorgados por el presente contrato, comunicando su decisión a los Centros de Atención al Cliente de La Compañía o través de los mismos mecanismos de forma, lugar y medios que usó para la contratación del seguro. Asimismo, se procederá a devolver la prima recibida dentro de los treinta (30) días siguientes contados desde la recepción de la solicitud, no sujeta a penalidad alguna.

SEGURO MINI PROTECCIÓN DE TARJETA

Preguntas Frecuentes

1. Mecanismo de solución de controversias Vía Judicial: Toda controversia, disputa, reclamo, litigio, divergencia o discrepancia entre el Asegurado, Contratante o Beneficiario y La Compañía, referido a la validez del contrato de seguro del que da cuenta esta póliza, o que surja como consecuencia de la interpretación o aplicación de sus Condiciones Generales o Particulares, su cumplimiento o incumplimiento, o sobre cualquier indemnización u obligación referente a la misma.

2. Instancias habilitadas para presentar reclamos y/o denuncias, según corresponda En caso de reclamo o disconformidad con los fundamentos del rechazo del siniestro, El Contratante, Asegurado o Beneficiario podrá acudir a las siguientes instancias:

1.1 Defensoría del Asegurado por montos menores a US$ 50,000.00, y que sean de competencia de la Defensoría del Asegurado, según detalla el reglamento de dicha entidad (web: www.defaseg.com.pe, Dirección: Calle Amador Merino Reyna 307 Piso 9 San Isidro, Lima – Perú; Telefax: 421-0614).

1.2 El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI (Dirección: Calle La Prosa S/N San Borja, web: www.indecopi.gob.pe).

Departamento de Servicios al Ciudadano de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, llamando al teléfono gratuito N° 0-800-10840.