Nuestros Beneficios

  • Flexibilidad: Te ofrece el más amplio abanico de opciones para diseñar tu póliza según tus necesidades y las de tu familia.
  • Riesgo Cero: Te asegura un ingreso mensual de forma vitalicia. El monto del ingreso no se ve afectado por variaciones en tasas de interés o inversiones del mercado de valores.
  • Elección de beneficiarios: Cónyuge o concubino, padres, hijos y nietos hasta los 28 años.
  • Moneda: Te permite elegir entre recibir el ingreso en soles o dólares. En el caso de soles, puede ser un monto fijo, ajustado por inflación o a una tasa fija de 2% anual. En el caso de dólares, puede ser un monto fijo o ajustado al 2% anual.
  • Programa Vive+: Acceso a un programa de asistencias las 24 horas del día y los 365 días del año y con descuentos en más de 50 establecimientos a nivel nacional. Conoce más aquí.

Cláusulas Adicionales

  • Período Garantizado: Si contratas esta cláusula, tus beneficiarios recibirán en su conjunto el mismo monto de ingreso que tú percibías hasta el final de lo pactado. Además, en caso no cuentes con beneficiarios, estos ingresos pueden ser pagados a tus herederos legales. Este período puede ser de 5, 7, 10, 15,20 o 25 años.
  • Préstamo: Puedes solicitar préstamos una vez contratada la póliza.
  • Pagos dobles: Permite programar el recibir un doble pago de tu ingreso mensual en el plazo que mejor se adecue a tus necesidades.
  • Gastos de sepelio:  Podrás solicitar un reembolso ante fallecimiento por este concepto.

Renta Particular Plus

Instancias para presentar denuncias y/o reclamos

PROCEDIMIENTO Y PLAZO PARA EFECTUAR RECLAMOS

Los requerimientos y/o reclamos serán recibidos, en cualquier momento, vía correo, llamadas telefónicas o correo electrónico en cualquiera de nuestros Centros de Atención al Cliente. La respuesta de los mismos será comunicada al cliente segán el medio de respuesta solicitado, en un periodo no mayor de treinta (30) días desde la recepción de la solicitud.

Centros de Atención al Cliente

Lima

  • Teléfono: 500-0000 
  • Dirección: Av. Javier Prado Este 492, San Isidro

Página web: www.interseguro.com.pe

Ud. tiene el derecho de realizar sus denuncias y reclamos al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), acudir a la Defensoría del Asegurado o a la Plataforma de Atención del Usuario de la SBS.

Defensoría del Asegurado

  • Por montos menores a US$ 50,000.00, y que sean de competencia de la Defensoría del Asegurado, según detalla el reglamento de dicha entidad
  • Dirección: Calle Amador Merino Reyna 307 – Piso 9, San Isidro
  • Teléfono: 4210614
  • Correo electrónico: info@defaseg.com.pe
  • Página web:www.defaseg.com.pe

INDECOPI (Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual)

  • Dirección: Calle De La Prosa 104 San Borja,
  • Página web: www.indecopi.gob.pe

Plataforma de Atención al Usuario de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP

  • Teléfono: 0-800-10840 (gratuito)

MECANISMOS PARA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Vía Judicial

Toda controversia, disputa, reclamo, litigio, divergencia o discrepancia entre el Asegurado, Contratante o Beneficiario y La Compañía, referido a la validez del contrato de seguro del que da cuenta esta póliza, o que surja como consecuencia de la interpretación o aplicación de sus Condiciones Generales o Particulares, su cumplimiento o incumplimiento, o sobre cualquier indemnización u obligación referente a la misma.

 
 
 
 

Renta Particular Plus

Preguntas Frecuentes

  • ¿Cuál es la diferencia entre una Renta Vitalicia a una Renta Particular Plus?

    La Renta Vitalicia es una modalidad de pensión bajo la normativa del Sistema Privado de Pensiones. La Renta Particular es un seguro que se rige por la Ley de Seguros.

  • ¿Puedo colocar cómo beneficiario a un(a) tío(a), sobrino(a) o abuelo(a)?

    No, la póliza de Renta Particular Plus no contempla dicha posibilidad.

  • ¿En qué momento puedo solicitar el pago doble y de qué depende?

    El pago doble es elegido al momento de suscribir la solicitud del seguro.

  • ¿Cuáles son los beneficios de adquirir el Periodo Garantizado?

    El periodo garantizado permite que, en caso se de el fallecimiento del asegurado titular durante su vigencia, sus beneficiarios con derecho a renta y/o sus herederos legales, en caso no existan beneficiarios con derecho a renta declarados, puedan percibir en conjunto el mismo monto que hubiera recibido el titular en vida.

  • ¿Qué tipo de moneda puedo elegir?
    • Soles nominales
    • Soles Indexados por IPC
    • Soles Ajustados al 2% anual
    • Dólares nominales
    • Dólares Ajustados al 2% anual
  • ¿Se puede contratar una Renta Particular Plus a nombre de otra persona?

    No, el seguro de renta particular no contempla dicha posibilidad.

  • Puede una persona con Síndrome de Down y mayor de 18 años contratar una Renta Particular Plus? y ¿qué documentos adicionales se deben solicitar?

    Puede ser contratado a su nombre por el curador designado por mandato judicial según estipula la normativa vigente. El curador deberá acreditarse como tal con los documentos que certifiquen su condición de tal.