5.
Causados por actos fraudulentos, dolosos, intencionales o negligencia inexcusable del Contratante, Beneficiario o Endosatario, de los familiares de cualquiera de ellos o de cualquier persona que estuviera a cargo del, o conduciendo el Vehículo, salvo que estos actos se realicen para evitar el siniestro o atenuar sus consecuencias, por un deber de humanidad generalmente aceptada, por legítima defensa, estado de necesidad o cumplimiento de un deber legal.