SOAT Virtual: ¿Cuándo me cubre y cuándo no?

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El SOAT Virtual o SOAT físico es valioso por la responsabilidad hacia terceros ante un accidente. No cubre daños materiales, solo daños a personas.

Tan solo con la placa del auto ya puedes solicitar la cobertura. Puedes activar la cobertura en los siguientes casos: gastos médicos, indemnización por invalidez permanente o fallecimiento, invalidez es temporal o para gastos de sepelio. Sean ocupantes o terceros no ocupantes de un vehículo como consecuencia de un accidente de tránsito.

Ya conoces las coberturas pero ¿Sabes cuándo no te cubre?

  1. Accidentes en carreras de automóviles y otras competencias de vehículos motorizados.
  2.  Siniestros ocurridos fuera del territorio nacional.
  3. Accidentes en lugares no abiertos al tránsito público.
  4. Sucesos como consecuencia de guerras, sismos u otros casos fortuitos enteramente extraños a la circulación del vehículo.
  5. Suicidio y la comisión de lesiones autoinferidas utilizando el vehículo asegurado.
  6. No cubre daños materiales, ni daños al vehículo.

Contar con un SOAT Virtual vigente es importante ya que el conductor y/o propietario del vehículo podrá recurrir a éste para cubrir gastos médicos e indemnizaciones de las personas afectadas por el accidente de tránsito. La multa por no tener un SOAT vigente es 12% de la UIT y retención del vehículo. Por Decreto Supremo N°024-2002-MTC, ningún vehículo puede transitar sin contar con un SOAT activo, de lo contrario este será intervenido. La Ley SOAT otorga dos años de plazo para el cobro de indemnizaciones. Una vez vencido ese plazo, el monto de la indemnización no cobrada pasa al fondo de Compensación del SOAT, el cual es administrado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.

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